La Justicia Administrativa de Faltas de Tránsito provincial, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro, tiene competencia en el juzgamiento y procedimiento de cobro de las infracciones a la Ley Provincial de Tránsito N° 5263 y Decreto Reglamentario Nº 718/18, por faltas cometidas en rutas, caminos, autopistas, semiautopistas o autovías bajo jurisdicción provincial, que fueran constatadas por la Agencia Provincial de Seguridad Vial y los Cuerpos de Seguridad Vial de la Policía de Río Negro.
El Juzgado de Faltas de Tránsito Provincial no tiene ninguna competencia sobre las faltas de transito que pudieran haber sido constatadas por parte de los municipios de la provincia de Rio Negro dentro de sus respectivas jurisdicciones.